Wednesday, April 1, 2015

Empleados municipales reciben pago del “enfermito”



Mayita anunció que el monto total en desembolsos fue de sobre $800,000

Ponce, Puerto Rico- La alcaldesa del Municipio Autónomo de Ponce, María “Mayita” Meléndez Altieri, anunció que durante esta semana sobre 700 empleados municipales recibieron su cheque del “enfermito”, lo que importó una suma total de $838,508 dólares en desembolsos.

“Estoy muy contenta porque todos los empleados municipales lo estaban esperando y pude cumplirle como me había comprometido.  Ya todos los que tienen derecho a este beneficio cobraron su cheque sin ningún problema y continuamos realizando ajustes para cumplir con cada uno de los servidores públicos que día a día trabajan por esta ciudad”, sostuvo la Alcaldesa.

Cabe señalar que conforme a las disposiciones de la Ley Núm. 81 del 30 de agosto de 1991, según enmendada, mejor conocida como Ley de Municipios Autónomos, Artículo 11.016 Beneficios Marginales – Días Feriados y Licencias, inciso (b) Licencias, (2) Licencia por Enfermedad, se efectúo el pago de exceso de licencia de enfermedad a todos los empleados que tuvieran exceso de 90 días al 31 de diciembre de 2014.

De acuerdo a la Ley Supra, todo empleado tendrá derecho a licencia por enfermedad a razón de un día y medio por cada mes de servicio. Los empleados a jornada parcial acumularan licencia por enfermedad en forma proporcional al número de horas en que presten servicios.

“De igual forma todo empleado tendrá derecho al pago del exceso de noventa (90) días acumulados por licencia de enfermedad no más tarde del 31 de marzo del siguiente año. El pago siempre se hace a base del sueldo que este devengando el empleado al momento de hacerse el mismo”, detalló Meléndez Altieri.

La ejecutiva municipal también explicó que el cómputo de la acumulación de licencias, que mucha gente tuvo dudas, se realizó conforme al Manual de Procedimientos; Registro de Asistencia, Pago Regular y Pagos Especiales del Gobierno Municipal Autónomo de Ponce revisado en Octubre de 2004. Por lo tanto, la acumulación de licencias se hace conforme a la jornada de trabajo. Entiéndase que si un empleado trabaja 7.5 horas diarias acumula de vacaciones 2 ½ y de enfermedad acumula 1 ½ , mientras que un empleado que trabaja 4 horas acumula de vacaciones 1 ¼ y de enfermedad acumula ¾ .

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